viernes, 17 de abril de 2009

BCOF-3.7.003


GENERALIDAD VALENCIANA
CONSELLERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS
DIRECCION TERITORIAL

Av. Dr. Gadea nº 10
03001 Alicante

MARIO PUGA RODRIGUEZ
Av. Rambla nº 6, 5º B
03550 San Juan de Alicante

Seccion: ASOCIACIONES
N/Ref 6.342-MCP/Ir

Con fecha 15 DE MAYO DE 2003, la Ilma. Sra. Secretaria
 General de la Conselleria de Justicia y Administraciones
 Públicas, ha dictado la siguiente Resolución:

Visto el expediente instruido a instancia de la Asociación
denominada "COFRADÍA DE SAN VICENTE MÁRTIR DE
ALICANTE" de Alicante, inscrita con el número 6.342 de
la Sección 1ª del Registro Provincial de Alicante.

Articulos modificados: LA TOTALIDAD DE LOS ESTATUTOS
CON EL FIN DE ADAPTARLOS A LAS PREVISONES DE LA
LEY ORGÁNICA 1/2002, DE 22 DE MARZO, REGULADORA
DEL DERECHO DE ASOCIACIÓN.

Todo ello según consta en la Certificación del Acta de
la reunión extraordinaria de la Asamblea General de
 fecha 21 DE ENERO DE 2003, expedida por el secretario
de la entidad con el Vº Bº del presidente.

VISTOS: El artículo 22 de la Constitución y el artículo
31.23 del Estatuto de Autonomia de la Comunidad
Valenciana; la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo,
reguladora del Derecho de Asociación; el Real Decreto
1039/1985 de 25 de mayo, sobre traspaso de funciones
y servicios del Estado en materia de Asociaciones.

CONSIDERANDO: Que se han cumplido las disposiciones
vigentes en la tramitación de este expediente, y que
esta Secretaria General es competente para resolver
sobre la procedencia de la inscripción solicitada, en virtud
de lo dispuesto en el arto 8.2 o) del Decreto 91/1999,
de 30 de julio, del Gobierno Valenciano, por el que se
aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la
Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas.

Esta Secretaria General ha resuelto inscribir la modificación
en los ténninos transeritos en la certificación citada.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa,
se puede interponer, potestativamente, recurso de
reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano
administrativo que la ha dictado, o formular recurso
contencioso­administrativo ante la Sala de lo Contencioso
-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la
Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente al de la notificación de
la presente Resolución. Todo ello de conformidad con
lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídíco de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero, y en los artículos 10 y
46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio
de que utilice cual er otra via que se considere oportuna.

Lo que con remisión de un ejemplar de Certificación
l Acta y Estatutos, notifico a Vd. para su conocimiento
y el de la entidad que preside.

Alicante, a 4 de julio de 2003
EL DIRECTOR TERRITORIAL DE JUSTICIA


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